La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, confirmó que Rubén Rocha Moya, gobernador con licencia de Sinaloa, cuenta con protección de la Guardia Nacional después de haberse separado del cargo. La mandataria explicó que esa medida no responde a un trato especial, sino a una evaluación de riesgo realizada por el Gabinete de Seguridad.
Rocha Moya pidió licencia el 1 de mayo, en medio de los señalamientos lanzados desde Estados Unidos y de las investigaciones abiertas por la Fiscalía General de la República. Según su postura, apartarse del cargo permitiría no interferir en el desarrollo de las indagatorias. Mientras tanto, el Congreso de Sinaloa nombró a Yeraldine Bonilla como gobernadora interina para mantener la continuidad institucional.
Durante su conferencia, Sheinbaum sostuvo que el resguardo otorgado al exmandatario estatal forma parte de un protocolo general. “En este momento tiene la seguridad dada la condición que estableció el propio gabinete”, dijo al referirse al caso. Después insistió en que el mecanismo aplica igual para cualquier persona que acredite riesgo y solicite apoyo.
Sheinbaum dice que la protección no es exclusiva para políticos
La presidenta detalló que la asignación de elementos de la Guardia Nacional se define a partir de tres pasos: una evaluación de riesgo individual, una solicitud formal de protección y la determinación del nivel de resguardo. Bajo esa lógica, sostuvo que el procedimiento no está reservado solo para funcionarios.
“En estos casos como en cualquier otro, sea para un gobernador o gobernador con licencia de cualquier estado, un diputado, senador, ciudadano que tenga consideración de riesgo de su persona solicita a la Guardia Nacional apoyo en su seguridad y se hace un análisis de riesgo”, afirmó.
El caso de Rocha Moya se desarrolla bajo una fuerte presión política y mediática por las acusaciones que lo vinculan con grupos del crimen organizado, en particular con facciones como Los Chapitos. Sin embargo, el proceso sigue en etapa de investigación y, hasta ahora, no existe una resolución judicial definitiva. En ese contexto, el gobierno federal sostiene que la protección asignada se deriva de un análisis técnico y no de una conclusión sobre culpabilidad o inocencia.
Luisa María Alcalde explica por qué México no ha procedido con una detención provisional
En la misma conferencia, la consejera jurídica de Presidencia, Luisa María Alcalde, explicó la diferencia entre una solicitud formal de extradición y una petición de detención provisional, en el contexto del caso de Rocha Moya. Señaló que una solicitud formal exige una base legal mucho más robusta, con descripción del delito, pruebas suficientes, orden de aprehensión vigente y documentos ajustados a los tratados internacionales.
En cambio, dijo, lo que se presentó en este caso fue una solicitud provisional, la cual exige demostrar una condición específica de urgencia, es decir, riesgo de fuga o posibilidad de obstaculizar el proceso judicial. Según Alcalde, la FGR concluyó que no se aportaron elementos suficientes para acreditar esa urgencia.
“Es necesario solicitar información adicional para acreditar la urgencia”, puntualizó. Por eso, explicó, la Secretaría de Relaciones Exteriores pidió formalmente más información al gobierno de Estados Unidos. Solo cuando existan pruebas suficientes, añadió, un juez de control en México podrá determinar si procede o no una detención provisional.
La funcionaria también subrayó que ni la Fiscalía ni la Cancillería han emitido un juicio sobre la culpabilidad de los señalados y recordó que sigue vigente el principio de presunción de inocencia. Además, advirtió que la difusión pública del caso pudo haber vulnerado el principio de confidencialidad, lo que abrió otro frente de discusión sobre el impacto mediático en procesos legales de carácter internacional.

