La Corte europea sentenció que España violó el derecho a la intimidad de la cantante mexicana Paulina Rubio después de que en tres programas se hablara de sus tendencias sexuales y detalles de la convivencia con su novio.
El tribunal determinó que en España se ha violado el artículo octavo de la Convención de Derechos Humanos, que dice que “toda persona tiene derecho a su vida privada y familiar”. “No puede haber injerencia de una autoridad pública en el ejercicio de este derecho”, añade. También la Constitución española garantiza “el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la imagen”.
El caso se remonta a 2005, cuando Rubio, fue protagonista de comentarios, chismes y rumores difundidos en los programas Dónde estás Corazón, Aquí hay tomate y Crónicas marcianas.
En el veredicto, los magistrados reprodujeron las frases pronunciadas en esas emisiones. “Se hacían eco con tono irónico y burlesco”, recuerda el tribunal europeo que adujo la demandante, “de rumores sobre su presunta homosexualidad o bisexualidad”. También sobre “una interrupción voluntaria de su embarazo por motivos profesionales”, “el papel que habría jugado en el consumo de drogas por parte de su pareja en aquel momento” y “los malos tratos y humillaciones a los que ella le habría sometido”.
La sentencia deja fija bases sobre la vida privada de los famosos, “el voyeurismo” que se practica en esos programas. Javier Saavedra, abogado de Paulina Rubio, ha comentado que el veredicto cambiará el carácter de muchos programas de televisión. «Eso que se hace ahí no es libertad de expresión. La sentencia es un triunfo para mí, pero también para la sociedad española».
Con información de El País