SCJN invalida decreto presidencial que ‘blinda’ las obras de su sexenio

Recientes

Niña se vistió de la presidente de México para el desfile de la Revolución

Una pequeña niña chiapaneca ha robado el corazón de las redes sociales y de todo México, pues durante los festejos por el 114 aniversario de la Revolución Me...

Golpe al crimen organizado en Edomex: detienen a funcionarios vinculados

En una operación de gran escala, autoridades federales y estatales detuvieron a siete funcionarios públicos en el Estado de México por presuntos vínculos con...

Grupo Elektra y su nueva suspensión en la Bolsa Mexicana

La Bolsa Mexicana de Valores (BMV) anunció una nueva suspensión en la cotización de las acciones de Grupo Elektra, propiedad del empresario Ricardo Salinas P...

Bibliotecas inclusivas en la UNAM

Se presenta la muestra pictórica “El lenguaje, alternativa para compartir el arte”, con el objetivo de dar visibilidad a las personas con discapacidad. Son u...

Detención de El Cholo Palacios: clave en la desaparición de los 43 normalistas

El Gabinete de Seguridad de México informó sobre la detención de Alejandro Palacios Benítez, conocido como El Cholo Palacios, exjefe de plaza del grupo crimi...

Compartir

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad el decreto del presidente Andrés Manuel López, donde clasificaba de interés público y seguridad nacional los proyectos de su gobierno, como la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya, la refinería de Dos Boca, entre otros.

Este decreto, el cual entró en vigor en noviembre de 2021, se analizó debido a la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

También te puede interesar:  Eligen a nuevo presidente de la Interpol

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, encargado del proyecto, señaló que el acuerdo presidencial es inconstitucional porque obstaculiza e inhibe el acceso a la información. Además de permitir que los sujetos obligados sitúen toda la información sobre el desarrollo de las obras y proyectos, lo cual está establecido en el artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual señala como supuesto de reserva aquella información que comprometa la seguridad nacional.

También te puede interesar:  Diputados avalan reelección de legisladores

A pesar de que varios ministros estuvieron en contra de invalidarlo, con el argumento de que partía de una premisa equivocada al suponer que determinadas obras publicas fueran declaradas seguridad nacional.

El próximo lunes, los ministros determinarán cuáles serán los efectos de dicha resolución.

Comentarios