SCJN frena decreto de seguridad nacional

Recientes

Alzheimer, enfermedad generada por hasta 20 años de daños en el cerebro

La enfermedad de Alzheimer se ha incrementado en las últimas décadas al aumentar la esperanza de vida, aunque no es normal adquirirla solamente por envejecer...

Definiría voto de connacionales en EUA elección presidencial en México

Para que fuera decisivo el voto de los mexicanos que se registraron en Estados Unidos para votar en la próxima elección presidencial de México, tendrían que ...

¡Estaba viva! Bebita despierta llorando en su propio funeral

Imagínese el shock de la familia al descubrir que su bebé, a quien creían muerta, de pronto vuelve a la vida. ¿Qué fue lo que sucedió? La situación comienza ...

Taxista llega a su casa ¡y se da cuenta de que traía a una pasajera!

Si creías que eras despistado, espera a ver este caso de alguien que seguramente se llevará el premio mayor. Imagínate la escena: un taxista iba tan metido e...

‘Los Tigres del Norte’ se presentaron en Inglaterra ¡y los fans se les subieron al escenario!

El reciente concierto de Los Tigres del Norte en la capital inglesa no solo fue un evento, ¡fue una explosión de pasión y euforia! Los fanáticos, sedientos d...

Compartir

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una suspensión parcial a los efectos del decreto publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador con el que se clasificaron como de seguridad nacional a los proyectos de su administración. Sin embargo, la medida no capacita a un freno total.

El 22 de noviembre te dimos a conocer la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de un acuerdo, con el que se declaró de seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores como telecomunicaciones, fronterizo, hidráulico, medio ambiente, turístico y salud, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.

También te puede interesar:  La SCJN rechaza atraer los amparos de Elektra por crédito fiscal de 25 mil millones

El texto sostenía lo anterior considerando «que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado mexicano organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía y la democratización política, social y cultural de la Nación».

También te puede interesar:  ¿No recibiste pensión alimenticia en tu infancia? Puedes exigirla aunque seas mayor de edad

Sin embargo, se ha logrado poner freno, luego de que entrara en vigor el 23 de noviembre y posteriormente se admitiera una controversia interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), al considerar que condiciona la transparencia de la información y compromete a los funcionarios públicos en relación con su trabajo.

Comentarios