El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió ayer que los menores de edad tendrán derecho a modificar su acta de nacimiento para establecer su identidad sexual, esto a partir de su autopercepción.
Los ministros coincidieron en que el ejercicio de este derecho no debe depender de la edad, pues esta condición es discriminatoria y aplicará en los estados de Jalisco, Oaxaca y el Estado de México.
«El hecho de que el legislativo oaxaqueño solo reconozca la posibilidad de ajustar el acta de nacimiento para hacerla acorde a la identidad de género auto percibida para personas mayores de edad y adolescentes, dejando fuera a niñas y niños, deviene en una medida discriminatoria para personas menores de edad”, fue el planteamiento de la ministra Margarita Ríos Farjat.
Oaxaca es la segunda entidad de la República que aprueba que los menores de edad puedan ejercer este derecho.