Obediencia y cumplimiento

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Dentro de las clases políticas hasta llegar al mismo presidente, el “obedézcase, pero no se cumpla”, no es solo una manera de actuar, sino también un elemento característico de quienes ejercen algún tipo de poder, con sus respectivas variantes. El obedecer y no cumplir fue un recurso jurídico que se originó en el derecho castellano durante la Edad Media, modificándose hasta los comienzos de la era moderna.

La fórmula se dividía de la siguiente manera: la obediencia, en relación con el reconocimiento a la autoridad real del monarca; mientras que el no se cumpla se usaba cuando las cartas o disposiciones reales chocaban o se contradecían del derecho, sobre todo del regio. Es un concepto al que varios especialistas jurídicos le han dedicado obras y textos, por lo que sigue sin haber una sola interpretación verdadera.

Tras la conquista y posterior establecimiento de los gobiernos virreinales y colonias en América, dicha fórmula legal adquirió nuevos usos. Estaba relacionada con la conformación de una legislación que regía a toda la población de América, las Leyes de Indias. En ese sentido, el “obedézcase, pero no se cumpla”, se convirtió en una herramienta empleada por las autoridades españolas, como el virrey, para contrarrestar alguna norma, si esta afectaba a grupos particulares o a la sociedad en general. No obstante, la gran desconexión legal que hubo entre la Metrópoli y Nueva España, en cuanto al cumplimiento de la ley emanada del monarca, terminó relacionada con tal frase. 



Con el fin del dominio español y la instauración de un México independiente, obedecer y cumplir ya no estaban relacionados con una figura monárquica, sino con la Constitución Mexicana. Los funcionarios del gobierno reconocían la autoridad de la carta magna de la nación, pero en ocasiones hacían omisión del cumplimiento de sus leyes. En el caso de México, lo más apropiado sería usar la frase “hacer la vista gorda”, la cual está relacionada con la corrupción que ha sufrido el país.

Por otro lado, también apareció una adición a la formula, empleada por los gobernantes en beneficio de sus intereses: “obedézcase, modifíquese y después cúmplase”. Por ejemplo, la Constitución de 1917 prohibió la reelección presidencial en el artículo 83, pero bajo el gobierno de Plutarco Elías Calles fue aprobada una reforma que propuso una sola reelección no inmediata, lo que daría paso a un segundo mandato de Álvaro Obregón, de no ser por su asesinato, el 17 de julio de 1928. Esto no significa que las modificaciones a la Constitución tengan connotaciones negativas, ya que la ley nunca es estática. Sin embargo, se presta para servir a las ambiciones de los gobernantes.

No se podría decir con seguridad que, el “obedézcase, pero no se cumpla”, fue una herencia del periodo virreinal a la política mexicana, ya que las connotaciones fueron distintas. Lo que sí parece, es la existencia de una relación de luchas de poder en México entre la autoridad y la ley, siempre que esta no provenga directamente de su figura.

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