¿Sabías que si rompes un marcador del INE puedes ir a prisión?

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¿Sabías que por destruir intencionalmente uno de los marcadores indelebles del INE podrías pasar hasta tres años en prisión? ¿O que si te obligan a ir a un evento proselitista o votar por algún candidato puedes denunciarlo? Incluso si vas a misa y el sacerdote invita a votar o no por un candidato, ¿también puedes denunciarlo?

Cualquier persona, ya sean ciudadanos o servidores públicos, puede cometer un delito electoral y poner en peligro el adecuado desarrollo de una elección.

Aquí te decimos cuáles son, con base en el documento “Diez delitos electorales que debemos conocer… y denunciar”, elaborado por la Fepade y el Inacipe:

*Utilizar bienes o servicios públicos en una campaña Cuando un servidor público utiliza bienes en apoyo o perjuicio de un candidato o partido político. Sanción: Hasta con 400 días multa. De 2 a 9 años de cárcel.

*Condicionar el acceso a servicios públicos y programas sociales cuando se condiciona la prestación de un servicio público; el cumplimiento de programas gubernamentales; el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias o la realización de obras públicas a la emisión del sufragio en favor de un partido político o un candidato. Sanción: De 200 a 400 días multa. De 2 a 9 años de cárcel.

*Comprar o coaccionar el voto de servidores públicos Trabajar en el gobierno no implica la obligación de apoyar a un partido político. Sanción: Hasta 400 días multa De 2 a 9 años de cárcel.

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*Intimidar durante la jornada electoral o impedir el acceso a las casillas Cuando se intimida y atenta contra la libertad del sufragio o imposibilite el libre acceso de los electores a la casilla. Sanción: De 50 a 100 días multa. De 6 meses a 3 años de cárcel… pero Si el acto lo realiza una persona armada, la pena señalada se aumentará hasta en una mitad, con independencia de las que correspondan por la comisión de otros delitos.

*Rebasar los montos legales o utilizar dinero ilícito en las campañas, entregar o recibir aportaciones, en dinero o especie, a favor de algún partido político o coalición cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito o, bien, el monto rebase lo permitido por la ley. Sanción: Hasta con 5 mil días multa 15 años de cárcel.

*Destruir o dañar material electoral Los miembros de un partido político o ciudadanos sin filiación partidista no deben sustraer, destruir o alterar documentos o materiales electorales como boletas, actas, urnas, modulares y marcadores indelebles. Sanción: Miembros de partido De 100 a 200 días multa.De 2 a 6 años de cárcel.

*Incumplir obligaciones de rendición de cuentas El candidato debe informar a las autoridades fiscalizadoras sobre los recursos que se utilizan en actos políticos. Sanción: De 100 a 200 días multa. De 2 a 6años de cárcel

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*Publicar encuestas fuera de los tiempos autorizados Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas está prohibido publicar o difundir, por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión. Sanción: 100 días multa hasta 3 años de cárcel.

*Inducir el voto siendo ministro de culto aquel ministro de culto religioso que, en el desarrollo de actos propios de su religión, induzca el voto de la ciudadanía. Sanción: Hasta 500 días multa.

*Alterar los datos de la credencial para votar Aquella persona que altere el Registro Federal de Electores o participe en la expedición ilícita de credenciales para votar con fotografía. Sanción: De 70 a 200 días multa. De 3 a 7 años de cárcel.

 

Dónde denunciar

-Fepadetel: 01-800-833-72-33 *Fepadenet www.fepadenet.gob.mx *

-En la Unidad de Atención Inmediata Boulevard Adolfo López Mateos No. 2836 Col. Tizapán, San Ángel Delegación Álvaro Obregón CP 01090, Ciudad de México Teléfono (01 55) 53 46 31 37

-En todas las delegaciones de la PGR

 

Con información de Milenio

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