Ante la actual emergencia por el COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pondrá en marcha el Programa de Certificación, Expedición y Pago para las Incapacidades por Maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto.
Mediante un comunicado, el instituto detalló que dicha incapacidad podrá otorgarse a partir de la semana 34 y hasta la semana 40 de gestación. La paciente recibirá un certificado único por 84 días.
Para realizar el trámite es necesario que la mujer se encuentre vigente ante el IMSS y tenga asignada una Unidad de Medicina Familiar.
La paciente deberá solicitar de manera remota la expedición de la incapacidad e ingresar sus datos de identificación: CURP, Número de Seguridad Social (NSS) , nombre, CLABE Interbancaria y datos de contacto.
También tendrá que enviar la documentación probatoria de embarazo o parto por medios electrónicos: Identificación, un ultrasonido no mayor a cinco semanas, nota médica, carta de alumbramiento o acta de nacimiento y el número de cédula del médico particular que realiza el seguimiento.
Con esto el IMSS verificará la adscripción y vigencia de la asegurada, asignará personal médico para seguimiento, examinará los documentos y expedirá la incapacidad, en su caso.
Seguido, la institución notificará a la asegurada el resultado del proceso de verificación de la
información vía correo electrónico. De ser positivo, enviará la Incapacidad Temporal para el Trabajo por Maternidad.
En caso de resultar negativo, se le informará la imposibilidad para expedir la incapacidad y se referirá a la Unidad de Medicina Familiar.
El instituto subrayó que la participación del patrón es importante para obtener el subsidio por maternidad, por lo que deberá confirmar la incapacidad para laborar través del portal del IMSS.
El pago de la incapacidad por maternidad, detalló, se realizará mediante transferencia interbancaria para lo cual, deberá estar a nombre de la asegurada.
Información de Notimex