La Corte Constitucional advirtió al Ministerio de Salud en Colombia que la polémica vacuna del VPH no se aplicará sin consentimiento de las personas.
“El Estado no podrá obligar a la población colombiana a vacunarse contra el VPH sino que, por el contrario, deberá garantizar el derecho al consentimiento informado de sus destinatarios, como condición para administrar la vacuna contra el VPH, informando de forma clara sus efectos adversos”
Lo anterior luego de que la corte analizara el caso de dos niñas de Cali, Colombia que al parecer tuvieron problemas de salud por la aplicación y los efectos de la vacuna.
Lucía, una joven de 15 años que hace cinco años recibió las tres dosis de la vacuna en una brigada de salud en su colegio, lamentablemente, un mes después de la última aplicación se empezó a enfermar, presentando dolores en las piernas y los brazos, especialmente en el costado derecho del cuerpo.
El padre de una de las jovencitas buscaba que se suspendiera de inmediato las entregas y aplicaciones de la vacuna mencionada, sin embargo, la Corte dice que no encontró en el caso de Lucía, una relación causal entre las vacunas y las patologías que presentó, por lo que no consideran suspender la vacuna de manera general.
Ahora las autoridades médicas y sanitarias solo podrán aplicar la vacuna contra el VPH a las pacientes cuando estas y las personas que ejercen la patria potestad sobre ellas manifiesten por escrito y de forma voluntaria.
.