Morena propone portar hasta 30 gramos de marihuana para consumo personal

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La fracción parlamentaria de Morena en el Senado presentará este jueves formalmente una iniciativa que expide la Ley General para la Regulación y Control de Cannabis, donde se prevé que toda persona tendrá derecho a portar hasta 30 gramos de marihuana para su consumo.

En la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa, que presentaría la senadora Olga Sánchez Cordero, señala que las personas mayores de 18 años que decidan consumir la cannabis, tendrán que solicitar un permiso al Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis que se creará ex profeso para regular la cadena productiva de la planta.

A dicha propuesta se le realizaron algunas modificaciones y en la misma se establece que se permitiría el uso de marihuana para uso personal, científico y médico y no habrá prohibición para fumar cannabis en espacios públicos, a excepción de aquellos 100 por ciento libres de humo de tabaco.

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Se autorizaría la posibilidad de sembrar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y transformar hasta 20 plantas de cannabis destinadas para consumo personal en propiedad privada, siempre y cuando la producción de cannabis no sobrepase los 480 gramos por año.

La iniciativa también contempla que las personas hayan registrado sus plantas ante el instituto en el padrón anónimo y se emitirían reglas para la ubicación de puntos de venta de marihuana, por ejemplo, en el caso de la proximidad con centros educativos.

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También se establecen sanciones penales para quienes vendan marihuana a menores de edad o los empleen en expendios dedicados a este rubro.

La iniciativa de la bancada de Morena prevé un capítulo que señala la obligación para todos los actores del mercado regulatorio a fin de que implementen acciones para la disminución de riesgo relacionado con el consumo de la marihuana.

Una vez promulgada la ley, las autoridades correspondientes deberán, en un periodo de 30 días, elaborar los correspondientes programas de ex carcelación de personas susceptibles de beneficiarse de ésta, los cuales deberá ejecutarse en un periodo no menor a dos meses a partir de su publicación.

Fuente: Notimex

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