El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propondrá a la Suprema Corte ratificar la condena civil contra Luis de Llano por abuso sexual contra Sasha Sokol. La propuesta también busca eliminar la prescripción en casos de abuso sexual infantil.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para analizar un caso emblemático que podría cambiar la manera en que se imparten sentencias por abuso sexual infantil en México. Se trata del caso de Sasha Sokol contra el productor Luis de Llano, quien fue condenado civilmente por mantener una relación con la cantante cuando ella tenía solo 14 años de edad.
Este 19 de junio, trascendió que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propondrá a la Primera Sala de la SCJN ratificar dicha condena y, además, establecer que no debe existir prescripción para que las víctimas de abuso sexual infantil puedan presentar demandas contra sus agresores.
La votación del proyecto está programada para el próximo 25 de junio. De ser aprobado, marcará un precedente sin precedentes al reconocer que los términos legales actuales no deben obstaculizar el acceso a la justicia para quienes fueron agredidos sexualmente en su niñez o adolescencia.
«Cualquier término de prescripción vulneraría los derechos de acceso a la justicia, la libertad y seguridad sexual, así como la integridad personal», argumenta el proyecto.
Antecedentes del caso.
La cantante Sasha Sokol, exintegrante de Timbiriche, denunció públicamente en 2022 que Luis de Llano, entonces de 39 años, abusó de ella cuando tenía 14. En septiembre de 2023, la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX dictó una sentencia en su contra, exigiéndole ofrecer una disculpa pública, tomar un curso de prevención de abuso sexual, abstenerse de mencionar el nombre de la artista y pagar una indemnización por daño moral, misma que Sokol anunció sería donada en su totalidad a la organización ADIVAC.
En octubre de 2024, la Suprema Corte atrajo el caso para revisarlo a fondo. El productor respondió con un amparo, señalando supuestas fallas en el proceso, errores en la valoración de pruebas, e incluso argumentando que la demanda ya debía considerarse prescrita.
Sin embargo, el proyecto del ministro Rebolledo señala que los delitos de violencia sexual —especialmente cuando afectan a menores de edad— no deben estar sujetos a plazos legales. Reconoce también que este tipo de agresiones muchas veces se mantienen en silencio durante años, por lo que exigir pruebas directas inmediatas o una denuncia temprana sería revictimizante.
¿Qué sigue?
Si la Primera Sala aprueba el proyecto el próximo 25 de junio, no solo se confirmará la condena contra Luis de Llano, sino que México establecerá una postura judicial firme: el abuso sexual infantil no prescribe. Esto tendría implicaciones significativas para otros casos similares, abriendo la puerta a una justicia más sensible y efectiva para víctimas que han permanecido en silencio por años.