En una decisión significativa, una jueza federal ha concedido un amparo a la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF), ordenando la suspensión a nivel nacional de la distribución de los libros de texto gratuito para el ciclo escolar 2023-2024.
La medida tiene como objetivo que las autoridades educativas de los tres niveles de gobierno establezcan una estrategia para implementar los programas y libros aprobados para el ciclo escolar 2022-2023, es decir, del periodo anterior.
La jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara, del Tercer Juzgado de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, había advertido previamente que si la Secretaría de Educación Pública (SEP) no cumplía con la suspensión definitiva otorgada a la UNPF, podría imprimir y distribuir los libros de texto aprobados en el ciclo escolar pasado.
Estos libros deben ser entregados ya sea en formato virtual o físico, o mediante cualquier otro medio que garantice su entrega oportuna a los niños y adolescentes.
A pesar de esta resolución, la Secretaría de Educación Pública (SEP) todavía tiene la opción de impugnar la decisión a través de un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado, un proceso que tomaría al menos tres meses para analizar el caso. El Tribunal deberá determinar si confirma, modifica o revoca la sentencia.
La jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara publicó un extracto de la sentencia, destacando que las autoridades educativas de los tres niveles de gobierno deben participar en la implementación del programa.
Las autoridades que deben cumplir con la orden son el subsecretario de Educación Básica, el director general de Materiales Educativos y la directora general de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (Conaliteg).
La sentencia establece: «En concordancia con las autoridades estatales educativas (titulares del poder ejecutivo de cada entidad federativa) y locales (municipales), establecerán una estrategia para la implementación de los programas y libros aprobados para el ciclo escolar 2022-2023; pudiendo establecer un reparto virtual o físico, o cualquier otro que garantice la entrega oportuna a la infancia y adolescencia, considerando para tal entrega los requerimientos y contextos de cada entidad federativa.»