La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la controversia constitucional presentada por el municipio de Cholula, Puebla, para impugnar la Ley de Seguridad Interior, pero rechazó suspender la vigencia de la polémica norma que militariza la seguridad pública en el país.
La negativa a suspender la LSI obedece a que el municipio no fundamentó bien la solicitud, puesto que al presentar la demanda se refirió a un artículo relacionado con el abasto de agua potable y la Constitución Política del Estado de Puebla, en lugar de argumentar la suspensión con relación directa a la Ley de Seguridad Interior.
“Se advierte que la medida cautelar requerida no guarda relación alguna con la norma general impugnada en el presente asunto, pues se refiere a cuestiones relativas a la aplicación de la fracción VI del artículo 12 de la Constitución Política del Estado de Puebla, por lo tanto, no hay lugar a acordar favorablemente su solicitud de suspensión”, explica la resolución sobre el error jurídico de la parte demandante.
“Con copia simple del escrito de cuenta y sus anexos, para que se presente su contestación dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al día en que surta efectos la notificación”, señala el acuerdo del ministro instructor.
La etapa de instrucción del juicio, que es la que comienza a partir de este acuerdo, servirá al ministro para analizar la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior que entró en vigor desde el pasado 21 de diciembre de 2017.
Con información de Aristegui Noticias