Revisión policial sin orden judicial viola derechos: CNDH

Recientes

Cae Walter ‘N’, presunto proveedor de armas del CJNG: operaba con arsenal militar y apps de mensajería

Un golpe estratégico al Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG). Este viernes 27 de junio, el titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SS...

Corte Suprema respalda a Trump: avanza su intento de limitar la ciudadanía por nacimiento en EE.UU.

Una decisión de alto impacto que podría afectar a más de 250 mil bebés al año y redefine el alcance de los jueces federales. En una votación dividida de seis...

¿Kaaaa? ¿De verdad murió Marge Simpson? Esta es la neta del planeta

Abres las redes el 26 de junio y ¡zas! Puras imágenes de Marge, mensajes de despedida, teorías locas… Y tú como muchos, pensaste: “¿A poco ya se nos fue la m...

Premio Nobel de Medicina compartirá conocimientos con miembros de la Facultad de Medicina de la UNAM

El rector Leonardo Lomelí Vanegas recibió a Drew Weissman, previo a que impartiera su conferencia magistral. Tendrán los universitarios su encuentro con el g...

El día que Florinda Meza llamó «defectos» a los hijos de Chespirito

Así, sin anestesia, se aventó Florinda Meza en una entrevista que hoy, décadas después, vuelve a hacer ruido en redes sociales. Una declaración que muchos ca...

Compartir

El martes, la SCJN declaró constitucional la revisión a personas y vehículos sin orden judicial por parte de la policía. Con esa resolución, desechó los argumentos de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la CNDH y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

La CNDH subrayó que entre los derechos que la aplicación de estos artículos pueden vulnerar se encuentran: presunción de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica, libertad personal y el principio de legalidad:
«La resolución faculta a la autoridad policial a llevar a cabo la inspección de una persona o de su vehículo por la simple existencia de una sospecha razonable, lo cual contraviene principios procesales y directrices básicas del sistema penal acusatorio mexicano».

A su vez, el organismo recordó que en su oportunidad promovió una acción de inconstitucionalidad contra este tipo de revisiones con la finalidad de brindar seguridad jurídica a las personas evitando propiciar la amplia discrecionalidad y subjetividad, la cual existe a la fecha para que las autoridades detengan e inspeccionen a personas sin mediar orden judicial.

También te puede interesar:  Procedente controversia vs política de electricidad: SCJN

Con información de La Jornada

Comentarios