¿Cuánto deben pagarte si trabajas este lunes 4 de febrero?

Recientes

Trump promete duplicar aranceles al acero extranjero

El presidente Donald Trump anunció que duplicará los aranceles al acero extranjero del 25% al 50%, en un nuevo intento por fortalecer la industria siderúrgic...

Para no gastar, familia prepara tortas en Disneyland ¡adivina de qué país eran!

Agárrense porque esta historia huele a jamón, mayonesa y orgullo mexicano. Resulta que una familia mexicana se volvió viral en TikTok por hacer lo impensable...

Profeco revela qué carne para hamburguesa es 100% res y cuáles no cumplen

Ojo al dato, porque cuando hablamos de hamburguesas, no todo lo que suena a “sirloin” o “arrachera” es lo que promete. Y no lo digo yo, lo dice la mera, mera...

IA que opere sin participación humana, es de ficción: Funes Argüello

La noción de que la IA trabaje sin la participación humana es más de ficción que de un futuro viable y éticamente comprometido, subrayó la coordinadora de la...

Fernanda Familiar inspira en evento que celebra el liderazgo femenino

Fernanda Familiar participó en “Mujeres inspirando mujeres”, evento que celebró el poder transformador y social del liderazgo femenino. Ofreció un mensaje co...

Compartir

Como bien se sabe, este lunes 4 de febrero se considera día feriado debido al aniversario de la promulgación de la Constitución Mexicana de 1917 del día 5 de febrero.

Si fuiste a trabajar, tu jefe tendrá que remunerarte con un salario doble adicional al que percibes normalmente.

En el portal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se cita a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y se dice lo siguiente:

También te puede interesar:  AMLO se reunió con empresarios del CCE

Por ley, a la semana se tiene derecho a un día de descanso por cada seis días de trabajo, además de los días de descanso obligatorios (conocidos como feriados).

Si se trabaja en un día de descanso obligatorio, se debe pagar al doble independientemente de su salario. Por ejemplo, si el trabajador gana 100 pesos diarios se le pagarán los 100 pesos, pero recibirá 200 adicionales, lo que da un total de 300 pesos (Art. 75 LFT).

También te puede interesar:  Slim quiere jornada semanal de 3 días y jubilación a los 75 años

El trabajador no tiene obligación de trabajar los días de descanso, salvo que el patrón y trabajador lo acuerde. En ese caso, deberá ser remunerado como se describe en el párrafo anterior.

Con información de Dinero en Imagen

Comentarios