La nueva Ley Antitabaco ¿una violación al libre albedrío?  

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La ley antitabaco en México, también conocida como la Ley General de Control del Tabaco, entró en vigor en 2008 con el objetivo de reducir el consumo de tabaco en el país. La ley prohíbe fumar en lugares públicos cerrados, como restaurantes y bares, y establece límites en la publicidad y la promoción del tabaco. Las modificaciones a la Ley General de Tabaco han sido aplaudidas por la Organización Mundial de la Salud. No obstante, se acercan más a un mandato dictatorial que a una modificación para el bien común.  

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Las modificaciones a la reforma entraron en vigor el 15 de enero, estas prohíben: 

  • Realizar publicidad por cualquier medio de comunicación, incluidos los anuncios en Internet y a través de redes sociales, además del cine, la televisión y el teatro. 
  • Prohíbe la exhibición directa o indirecta de productos de tabaco en estanterías, cajones, vitrinas y aparadores. 
  • La reforma puntualiza los espacios libres de humo de tabaco a todos los lugares considerados de “concurrencia colectiva”. Prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte. Los lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco, sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados. 
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Al parecer, la administración actual genuinamente tiene un problema de carácter filosófico con el dicho popular: “Después de un taco, un buen tabaco”.  

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