Vestir a perros se considera maltrato animal

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El jefe de la Unidad Canina del Instituto Nacional Electoral (INE), Raúl Almaguer, señaló que vestir y poner zapatos a los perros es un atentado contra la naturaleza de esos animales, lo que puede ser considerado como maltrato.

En entrevista con Notimex, el especialista en entrenamiento y atención de perros informó que estos no pueden sentir el frío como los humanos, debido a que su temperatura es mucho más elevada que la de cualquier persona, y que además tienen el pelo que los cubre.

«La temperatura en cachorros normal es de 39.5 y en perros adultos de 38.5, incluso, en la raza Xoloitzcuintle, como es un perro desnudo, la temperatura es un grado más alta que todos los demás que no lo son«, explicó.

Afirmó que el perro no tiene frío, las personas son las que creen que lo sienten. “Es como los niños, las mamás piensan que el niño tiene frío y los cobijan o les ponen suéteres o chamarras”.

Es por eso que ponerles zapatos o ropa a los perros es antinatural, va contra el perro, lo que se considera como maltrato animal, si se considera que la definición de maltrato animal es la crueldad hacia los animales, que les causa sufrimiento o daño.

En la unidad canina del INE, los tres perros que la integran: Roy, Nick y Clío son de la raza pastor belga malinois, y por su trabajo que es considerado difícil y cansado, sus entrenadores los vigilan de manera permanente, cuentan con servicio veterinario diario y cada mes se les hace un chequeo completo.

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En el área donde se encuentran los perros en la sede del instituto, cada uno tiene su cuarto, su cama es una base que está 10 centímetros arriba del piso, con lo que evitan el contacto con el frío del suelo, con eso y un tapete es suficiente para que los canes estén bien y a gusto.

Raúl Almaguer explicó que los perros no tienen frío pues lo que para el ser humano es helado para el can es templado.

En la Ciudad de México se cuenta con una Ley contra el maltrato animal, que establece derechos y obligaciones de los animales y de las personas que están a su cargo, y también hay sanciones para castigar las conductas inapropiadas.

En el Artículo 23 se señala que “toda persona, física o moral, tiene la obligación de brindar trato digno y respetuoso a cualquier animal”, mientras que en el Artículo 24, se consideran actos de crueldad y maltrato a cualquier animal que deben ser sancionados, puede provenir de sus propietarios, poseedores, encargados o de terceros que entren en relación con ellos.

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Entre estos actos ilícitos están: causarles la muerte utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o provoque sufrimiento; el sacrificio de animales empleando métodos diversos a los establecidos en las normas oficiales mexicanas y, en su caso, las normas ambientales.

También cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales, que no se efectúe bajo causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada que cuente con conocimientos técnicos en la materia.

Sanciones

Las sanciones que se establecen y se aplicarán son a juicio del juez, y se considera la intencionalidad en la acción de la conducta, la edad, el grado de educación, la situación social, económica y demás características del infractor.

Estas sanciones son: amonestación, multa de una a 150 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (UMA) y multa de 150 a 300 veces la UMA.

Entre los países que se distinguen por tomar acciones legales contra el maltrato animal están: Uruguay, Colombia, Perú, México, Reino Unido, Alemania, y Suiza, incluso en estos dos últimos países europeos, se establecen hasta tres años de prisión a quienes maltraten animales, por medio de una ley especial; en Suiza, además, las multas son de hasta 20 mil francos suizos.

Con información de Notimex

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