La violencia vicaria se ejerce en contra de la mujer a través de terceros, sus hijas o hijos, por parte del hombre, que, alejándolos, ocultándoselos, desacreditándola o no cumpliendo sus obligaciones económicas como padre, pretende dañarla.
En México sólo 15 estados han tipificado esta violencia como delito. Sin embargo, el 17 de enero de 2024, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia respecto a esta problemática.
La reforma exige a los estados tipificar el delito de violencia a través de interpósita persona (nombre asignado a la violencia vicaria), así como tomar acciones de intervención y prevención.
Lucía Núñez, investigadora del Centro de Investigaciones y Estudios de Género de la UNAM, y Rosalba Cruz Martínez, consejera jurídica de la Coordinación para la Igualdad de Género de la UNAM, nos hablan de las implicaciones que esta reforma conlleva.