Si no hay clases, ¿debes pagar colegiatura? PROFECO dice que…

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Estamos en cuarentena, la Secretaría de Educación Pública (SEP) decidió suspender las clases; los niños están encerrados y obvio no están yendo a la escuela, tú la estás haciendo de ama de casa, maestra y tutora a la vez, entonces… ¿deberías de pagar la colegiatura?

Esta es una de las grandes interrogantes de los padres de familia que tienen a sus hijos en escuelas privadas, pues ya están a la vuelta de la esquina los pagos de las colegiaturas bajo estas condiciones, al menos la de abril y en algunos casos incluso la de Marzo.

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Bueno, pues el documento «Escuelas y consumidores deben conciliar pago de colegiaturas ante emergencia sanitaria» dice que: 

«El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no elimina la obligación del pago de colegiaturas, porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases.

«El cobro de las colegiaturas correspondientes a marzo y abril tendría que ser considerado bajo circunstancias especiales, dado que la clase virtual reduce gastos en servicios de luz, agua y otros para los planteles».

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Ya hablando directamente al tema del pago apunta que: «es conveniente, que las escuelas y los padres de familia o alumnos, puedan conciliar y acordar condiciones de flexibilidad para realizar los pagos, que pueden ir desde parcializarlos, meses sin intereses, cuota reducida o alguna otra modalidad que sea conveniente a las partes».

En otras palabras, que los padres de familia deberán de llegar a un acuerdo con la escuela particular en la que estén sus hijos.

Aquí el comunicado.

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