SCJN declara discriminatorio excluir a trabajadoras del hogar del IMSS

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Los trabajadores del hogar deberán ser inscritos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por sus patrones, una vez que el Congreso de la Unión legisle sobre el tema, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al amparar a una mujer que, por décadas realizó labores domésticas y nunca gozó de seguridad social.

La sentencia de la SCJN busca que, en un plazo no mayor a tres años, tras una serie de procedimientos a seguir, se logre la seguridad social efectiva, robusta y suficiente a la totalidad de las y los trabajadores del hogar de todo el país.

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Por unanimidad, la Segunda Sala respaldó un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán y determinó que el que los patrones no estén obligados a inscribir a los trabajadores domésticos ante el IMSS, constituye un trato discriminatorio y por tanto es inconstitucional.

Así, el IMSS deberá implementar, durante el primer semestre de 2019, un programa piloto que tenga como objetivo diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las y los trabajadores del hogar.

Una vez implementado el programa, en un plazo no mayor a 18 meses el IMSS deberá proponer al Congreso de la Unión las adecuaciones legales necesarias para la incorporación formal del nuevo sistema especial de seguridad social.

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No existe alguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo cual provoca una discriminación injusta contra dichas trabajadoras”, sostuvo la SCJN.

Con información de Excelsior

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