¿Qué sí y que no está aprobado en la regulación del cannabis?

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La tarde del miércoles, la Cámara de Diputados aprobó una ley que despenalizará la marihuana en México para usos lúdico, científico, médico e industrial. Su aprobación se dio en lo general con 316 votos a favor y 127 en contra.

Así, la legislación debe regresar a la cámara de senadores para su revisión y aprobación final. Por el momento, esta plantea otorgar al Estado la función de emitir cinco tipos de licencias para controlar las acciones relacionadas con el cultivo:
-Transformación
-Venta
-Investigación
-Exportación
-Importación

¿Qué hay hasta ahora?

En un dictamen que se envió al Senado en noviembre de 2020 se brindaron facultades a la Comisión Nacional de Adicciones (Conadic), órgano destinado a la protección de la salud, por medio de la conducción de la política nacional en materia de prevención y tratamiento de las adicciones, para fungir como regulador de la cadena productiva y de consumo.

«La Comisión considera que la regulación nos dará más capacidad de atender a los pacientes que así lo necesiten, incluso con algún presupuesto que venga de la propia venta de estos productos», aseguró el titular de Conadic, Gady Zabicky, en aquel momento, cuando también señaló a la despenalización como un avance destacado para poner fin a la guerra contra las drogas en nuestro país.

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La ‘Ley Federal para la Regulación del Cannabis’ estipula que sólo las personas mayores de 18 años podrán cultivar, portar y consumir marihuana y sus derivados, mientras que se permitirían hasta 28 gramos de posesión.

En caso de que alguien sea encontrado con entre 28 y 200 gramos de marihuana sin autorización, se hará acreedor a multas, de hasta 10,600 pesos; en el caso de ser mayor a los 200 gramos se contemplan sanciones penales.


En torno a la comercialización, la normativa permite a las personas y empresas vender cannabis a mayores de edad en establecimientos autorizados.

¿Qué sigue?

En un plazo máximo de tres meses, el presidente tendrá que hacer adecuaciones al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud para que, en un plazo máximo nuevamente de tres meses haga las adecuaciones para que el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones se transforme en la Comisión Nacional contra las Adicciones.

En un plazo igual a los anteriores, la nueva Conadic emitirá un programa de prevención y tratamiento al «consumo problemático del cannabis psicoactivo» y el programa nacional de instrumentación y evaluación de la regulación del cannabis.

Zabicky ha señalado que órgano que dirige es consciente de que «entre el 7 y 9 por ciento de las personas que entran en contacto con la planta desarrollarán dependencia, entrarán en contacto con nuestros centros que se están adaptando para este tipo de situaciones».

Finalmente, dos meses después se deberán tener listos todos los demás procedimientos, incluyendo lo relacionado con los lugares prohibidos para fumar cannabis.

La Conadic deberá contar con reglas específicas para limitar la adquisición y posesión del consumo de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años y menores de 25.

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Una vez cumplimentado lo anterior se podrá comenzar la emisión de licencias y permisos de comercialización, producción, distribución, y con fines de investigación. Así, esto podría ocurrir en 2022.

Con información de Xataka y Reuters


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